TPA censura su propia información

TPA censura su propia información

Así es. Podría producirse una huelga porque el Comité de Empresa de RTPA exige la readmisión de un trabajador y esta noticia, que ocurre en la propia RTPA, sólo es difundida a través de la agencia EFE. Por RTPA no nos enteraremos. Eso, seguro.

Tampoco dicen nada La Nueva España o El Comercio. De La Voz de Asturias, para qué hablar… El silencio a cambio de publicidad institucional. Pero es que la telaraña está bien tejida por el Gobierno de Álvarez Areces. No nos cansamos de denunciar el amiguismo en el reparto de los contratos de producción. Llevamos un año haciéndolo. Y aquí están los resultados. La Nueva España es Asturmedia y se encarga de la información deportiva. El Comercio tiene subcontratada la realización de noticias. Y el Grupo Zeta, todavía propietario de La Voz de Asturias, se encarga de la gestión de la publicidad. Voila!

Resulta alucinante que en Asturias no se publique absolutamente nada. Sin embargo, el Colegio de Periodistas de Cataluña se hace eco de la noticia que publicó la agencia EFE:

El comité de la TPA se plantea ir a la huelga por el despido de un trabajador

El Comité de Empresa de la Televisión del Principado (TPA), y la asamblea de trabajadores del ente han acordado iniciar una serie de actos de protesta para demandar la readmisión de un empleado de plantilla que acababa de ser despedido y está estudiando la posibilidad de convocar una huelga si no se procede a la readmisión.

El expediente que ha conducido a esta situación le fue abierto al trabajador pocos días después de celebrarse unas elecciones sindicales a las que el despedido se presentaba en una candidatura, informa el comité de empresa en un comunicado.

En su opinión, la empresa ha utilizado el código sancionador “de manera interesada y desproporcionada” para despedir a un trabajador, cuando el propio código recoge la progresión de las sanciones “con la intención de corregir posibles conductas perniciosas”, antes de la toma de medidas drásticas”.

El comité advierte de que los problemas existentes en el departamento del despedido se deben a “una mala gestión que viene de lejos” y que no puede pueden ser “atajados ni ocultados ahora con el despido de un trabajador fijo, eludiendo así la responsabilidad de la dirección en la situación creada”.

Y este es el comunicado del Comité de Empresa de TPA:

El Comité de Empresa de TPA, en el que se encuentran representados los sindicatos USO, UGT y CSI, acuerda poner en conocimiento de la opinión pública que:

1) RTPA ha despedido a un trabajador fijo de la plantilla, que había accedido a su puesto en el primer proceso selectivo hace cuatro años.

2) Oficialmente, RTPA argumenta unas causas para el despido que no se corresponden con los verdaderos motivos. Es decir, primero se ha decidido despedirlo y posteriormente se ha buscado la excusa.

3) El Comité de Empresa de RTPA entiende que se ha utilizado el código sancionador de manera interesada y desproporcionada para despedir a un compañero, cuando el propio código recoge la progresión de las sanciones con la intención de corregir posibles conductas perniciosas para los trabajadores y la empresa, antes de la toma de medidas drásticas.

4) El expediente que se resuelve con despido se abre al trabajador pocos días después del resultado de unas elecciones sindicales a las que el despedido se presentaba en una candidatura.

5) Los problemas existentes en el departamento del despedido derivados de una mala gestión que viene de lejos no pueden ser atajados ni ocultados ahora con el despido de un trabajador fijo, eludiendo así la responsabilidad de la dirección en la situación creada.

6) El Comité de Empresa de RTPA exige la inmediata readmisión del compañero y que la dirección asuma sus responsabilidades ante la gravedad de los hechos.

7) El Comité de Empresa de RTPA, junto con la Asamblea de Trabajadores, han acordado iniciar una serie de actos de protesta para demandar la readmisión del despedido. Así mismo, se está estudiando la posibilidad de convocar una huelga en respuesta a estos graves hechos.

El pasado verano ya hubo un conato de huelga, si bien no pasó de ser una propuesta frustrada en el seno de una asamblea de los trabajadores de RTPA. En aquella ocasión habían sido despedidos tres trabajadores de la subcontrata Telefónica de Servicios Audiovisuales. El malestar ante la gestión de la Dirección de RTPA era generalizado entre los trabajadores.

Veremos si esta vez llevan a sus últimas consecuencias lo comunicado a la opinión pública. Esperamos que así sea porque cualquier otra actitud, una vez lanzado el órdago, significaría un absoluto fracaso ante los desmanes de la Dirección de RTPA. Readmisión o huelga. No hay otra.

El trabajador despedido pertenece a la Corriente Sindical d’Izquierdes (CSI) -la autodenominada ‘New Wave’- que obtuvo representación sindical en el comité de empresa de RTPA en las elecciones sindicales parciales que se celebraron a finales del pasado mes de noviembre.

Entre las medidas que aprobó el pasado viernes 15 la asamblea de trabajadores de RTPA, en la que participaron 45 personas -baja representatividad, nos parece-, están:

- Concentraciones ante la puerta de RTPA a las 12 de la mañana, martes y viernes.

- Negativa a utilizar la máquina de fichar.

- Negativa a realizar horas extras.

- Cumplimiento estricto del horario laboral.

- Entrada y salidas puntuales aunque el trabajo quede pendiente.

- Convocatoria de reuniones con el Consejo de Administración.

- Concentraciones semanales en la Junta General del Principado.

¿Será igual de minoritario el seguimiento de estas medidas que la participación en la asamblea de trabajadores? Porque, de ser así, esto está claramente destinado al fracaso. Para precedente, lo ocurrido el pasado junio. De algo debe servir la experiencia.

Según la CSI, “la dirección de RTPA ha decidido aprovechar estas fechas de paz, amor y generosidad para continuar con su política de reducción de plantilla despidiendo a nuestro compañero Nacho, de Antena y Contenidos. La excusa: incumplimiento de horario”. Continúa:

Es evidente que la flexibilidad con la que todos contamos desde los inicios de la RTPA se puede volver en nuestra contra. De nada sirve actuar de “buena fe”: si necesitan una excusa para echarte, no dudarán en ir por el libro al pie de la letra.

Si nos ponemos al pie de la letra, según el artículo 49, apartado 5.2 del II Convenio Colectivo, se tipifica como falta muy grave: “Las faltas reiteradas de puntualidad no justificadas durante 10 días o más al mes, o durante más de 20 días en el trimestre”. Y según el artículo 50, apartado 3, las sanciones correspondientes a una falta muy grave pueden ser: “Suspensión de empleo y sueldo de 11 a 45 días. Traslado forzoso sin derecho a indemnización. Despido.” Pero también: “La gradación de la sanción se hará teniendo en cuenta: El grado de intencionalidad o negligencia que se revele en la conducta. El daño a los intereses de la empresa. La reiteración o reincidencia”.

¿Por qué entonces se elige la sanción más grave? ¿Por qué, teniendo en cuenta que es un comportamiento que responde a la flexibilidad de horario asumida desde los inicios de la empresa? ¿Por qué, si no tiene ni una falta leve anterior debido a la puntualidad? ¿Por qué la primera advertencia sobre la puntualidad tiene forma de falta muy grave? ¿Y por qué el agravio comparativo con el resto de trabajadores que también realizamos nuestra labor con cierta flexibilidad horaria?

Sin duda porque ese no es el motivo del despido sino la excusa. El objetivo es despedirlo y la falta de puntualidad es la formalidad que les pareció más sencilla para alcanzar su objetivo. La propia dirección de RTPA lo reconoce incluso en el propio expediente donde se hace referencia a la relación personal del afectado con uno de sus jefes. ¿Qué tiene que ver esto con la falta de puntualidad? Relaciones personales, actividad sindical… podemos especular con cual puede ser el motivo real de su despido, pero desde luego que no es el mismo que figura en el expediente.

Digamos que la causa formal del despido de Nacho es la falta de puntualidad, pero la causa real es otra de la que la dirección es bastante responsable, por omisión de las obligaciones que todo directivo tiene ante un conflicto de sus trabajadores. Tanto nuestro compañero ahora despedido como otros compañeros directamente afectados por la situación creada, han sido víctimas de la irresponsabilidad de los directivos al no imponer verdaderas medidas conducentes a la rectificación de la conducta no deseada. Todos podemos sufrir malas rachas causadas por diferentes motivos, personales o laborales, sin ser conscientes incluso de nuestro comportamiento, sin embargo, no sería razonable que nos despidieran por ello. El despido de Nacho es totalmente desproporcionado, la dirección quiso así quitarse un problema de encima que ellos mismos dejaron crecer, por eso debe reconocer su parte de culpa y buscar una solución más equilibrada.

Debemos pensar que en el momento que la empresa decida que quiere echar a otro u otros trabajadores por la razón que sea, porque ha resuelto que uno u otro departamento debe ser externalizado o incluso por el simple hecho de que les resulte molestos, no se lo va a pensar mucho si se encuentra con una escasa oposición en momentos como éste. Este asunto sienta un precedente que pone en riesgo la estabilidad laboral de todos nosotros.

La empresa actúa con “mala fe”. ¿Vamos a consentir que lleve a cabo sus falacias o vamos a inducirlos a que rectifiquen? Siempre queda la decisión de un juez, pero debemos intentar que todo se solucione en el acto de conciliación.




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